Se declara CON LUGAR LA INHIBICION propuesta por la Abg. Laura Elizabeth Adams Camacho, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 8 de este Circuito Judicial Penal, por cuanto dicha inhibición cumple con las causales contenidas en el artículo 86 ordinal 8° en concordancia con el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal.