DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON contra LA COORDINACIÓN DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL ESTADO LARA. Así se decide.
SEGUNDO: En consecuencia, a los fines de restablecer inmediatamente situación jurídica infringida, se ordena a la DEFENSA PUBLICA, a través de la COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL ESTADO LARA, ordenar la designación de un nuevo defensor público que preste la debida defensa y asistencia judicial al ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON, en el proceso de PARTICION, que sigue en contra de los ciudadanos MIREYA DIAZ VISCAYA, CESAR TERAN DIAZ, JOSE GABRIEL TERA.....