|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 04/04/2010 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
KP11-P-2010-000529
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 04/04/2010 |
Procedimiento: Procedimiento Ordinario |
Partes: DEFENSA PRIVADA: ABG. RICARDIO ANTONIO ALABANO, FISCAL AUX. 8 DEL M.P. ABG. YETZY GUTIÉRREZ, IMPUTADO:NATALIA MILAN ONANDI |
Resumen:
DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 12 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a los fines de legalizar la detención del imputado en autos realizada al amparo del articulo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA PROCEDENTE la petición de la Fiscalía, se DECRETA:
PRIMERO: Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia contra la ciudadana NATALIA MILAN ONANDI, Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nro. E- 82205731, por la presunta comisión de los delitos de USURPACION DE IDENTIDAD Y USO DE DOCUMENTO FALSO PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTICULOS 45 Y 47 DE LA LEY ORGANICA DE IDENTIFICACION (precalificación fiscal)
SEGUNDO: Con Lugar la prosecución de la presente causa por los trámites del Procedimiento Ordinario a tenor del contenido de los artículos 280 y .....
|
Juez/Ponente:
Neddibell Giménez Jiménez
|
Organo:
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control
|
N° Expediente :
124-2010
|
N° Sentencia :
730
|
Fecha: 04/04/2010 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: JOSÉ EFRAIN SUAREZ MAJANO |
Resumen:
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: Romero Perdomo José Gonzalo y Alejandro Tovar Mendoza, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. 11.594.006 y 1.896.712 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO, a favor de JOSÉ EFRAIN SUAREZ MAJANO, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del ter.....
|
Juez/Ponente:
Luis Rafael Alejos Pineda
|
Organo:
Juzgado del Municipio Crespo
|
N° Expediente :
123-2010
|
N° Sentencia :
729
|
Fecha: 04/04/2010 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: IRAIDA RAMONA SUAREZ FROILAN |
Resumen:
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: Alvarado Dudamel Alexis y Romero Perdomo José Gonzalo, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. 13.033.713 y 11.594.006 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO, a favor de IRAIDA RAMONA SUAREZ FROILAN, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del .....
|
Juez/Ponente:
Luis Rafael Alejos Pineda
|
Organo:
Juzgado del Municipio Crespo
|
N° Expediente :
KP01-D-2010-000363
|
N° Sentencia :
S-N
|
Fecha: 04/04/2010 |
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva |
Partes: FISCALIA DECIMA NOVENA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO LARA, DEFENSOR PUBLICO, IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA. |
Resumen:
Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes, así como lo declarado por el adolescente en este acto, y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: Declara con lugar la detención en flagrancia de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, . Se acuerda seguir la causa por la vía del procedimiento ordinario. En cuanto a la medida de coerción solicitada por la Fiscalía del Ministerio se le otorgan la establecida en el artículo 582 literales B y C de la LOPNNA como lo es, mantenerse bajo el cuidado de su representante y medida de presentación cada quince (15) días, por la presunta comisión del delito de.....
|
Juez/Ponente:
Tabanis Bastidas
|
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A
|
N° Expediente :
KP01-P-2010-001975
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 04/04/2010 |
Procedimiento: Fundamentacion Flagrancia, Ordinario Y Cautelar |
Partes: ALEXANDER JOSÉ PACHECO ALARCÓN Y FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ VÁSQUEZ |
Resumen:
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nro 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima presentes los supuestos del Art. 248 del COPP, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención del Ciudadano: 1.) Alexander José Pacheco Alarcón, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 20.473.24 y 2.)Francisco Javier Rodríguez Vásquez, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 21.297.532. SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con el art. 280 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: En cuanto a la medida de coerción personal se acuerda imponer medida cautelar prevista en el art. 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Tal y como es la PRESENTACIÓN CADA QUINCE (15) DÍAS, por ante la taquilla destinada a tal fin d.....
|
Juez/Ponente:
Mariluz Castejon
|
Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control
|
|
|
|
|