DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: declara la aprobación de la partición en los términos sucritos en el documento autenticado ante la Notaría Pública de Carora en fecha 12 de agosto de 2004, bajo el Nº 69, Tomo 31, de los libros llevados por dicha Notaría. En consecuencia, se declara concluida la misma.
Con base al acuerdo de partición anteriormente descrito, se ADJUDICA a la ciudadana Beatriz Adriana Armao Cordero, titular de la cédula de identidad Nº 17.941.731, un inmueble constituido por una casa de habitación constante de tres (3) dormitorios, sala, cocina, comedor, recibo y porche, edificada con paredes de bloques de concreto, techo de zinc y pisos de cemento, sobre un lote de terreno ejido urbano de la Municipalidad que tiene una extensión aproximada de trescientos setenta y .....