D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano: GODOY TORREALBA YORDIL ELOY, C.I N° V-19.324.123, de 22 años de edad, Soltero, Ocupación: Albañil, de padre Jorge Antonio Godoy y Dilza Coromoto Torrealba, nació en fecha 20-02-1988, natural de Barquisimeto, Estado Lara, residenciado en: Ubr. Tierras negra sector la tomatera, calle 2 casa 55, color rosada con azul, cerca de la bodega de fausto, teléfono 0416-1553106, solo en lo que respecta a la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, previsto y sancionados en el artículo 413 del Código Penal Vigente para la fecha en que se originaron los hechos, en perjuicio del ciudadano: FERMIN DELGADO WALTER, de conformi.....