DISPOSITIVA
Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud presentada oralmente por la representante de la defensoría publica penal y la cual no fuere objetada por la representación fiscal, al ciudadano PEDRO RAFAEL CRESPO RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº 11.700.704; Fecha de Nacimiento: 08-04-1972; Estado Civil: Soltero Edad: 38 años; Lugar de Nacimiento: Carora - Estado Lara; Hijo de Pedro Crespo y Omaira Rivero; Profesión u Oficio: Obrero de Lácteos las Virtudes; Grado de Instrucción: 6º grado de Educación Básico año de Bachillerato; Residenciado en la Calle Portugal esquina Calle Lisboa, quinta los Clavelones, Carora, Municipio Torres. Teléfono: 0414-5067880; 0426-5502932,, atinente a la ampliación del plazo de prueba.....