Vista la solicitud presentada por los ciudadanos VICTOR IGNACIO MOSQUERA, DARIO NICOLAS MORILLO MOSQUERA, AURA ESTHER RIVERO DE CARRASCO, ROSA BLANCA MOSQUERA DE MADRID, EDGAR RAFAEL MORILLO MOSQUERA, GLADYS ELENA MOSQUERA, IRMA ROSA MORILLO DE GELDE, HECTOR ANTONIO MORILLO MOSQUERA, GUILLERMO ROGELIO MORILLO MOSQUERA y ORLANDO DE JESUS MOSQUERA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.922.803, 4.192.892, 3.665.907, 4.192.257, 2.384.033, 5.920.107, 5.320.058, 2.379.006, 2.381.978 y 4.804.897, respectivamente, y de éste domicilio, asistidos por la Abogado en ejercicio ZULAY MARBEL PERDOMO FERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 43.727, de este domicilio, en la cual requieren se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías constituidas por una casa con paredes de bloques de concreto, con friso liso, con estructura del techo de hierro, techo de acerolit, piso de cemento pulido, ventanas de celosía, puertas de madera maciza y.....