éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente pretensión de COBRO DE BOLIVARES, intentada por la abogada GLADYS CORDERO PIÑA, inscrita en el INPREABOGADO. bajo el Nro. 114.852, y de este domicilio, quien actúa en su condición de endosataria en procuración del ciudadano RAUL BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.598.952, y domiciliado en Caracas, contra el ciudadano LUIS GERARDO OROPEZA RIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.752.038, de este domicilio, y contra la avalista sociedad mercantil AGROPECUARIA ORODOSA C.A., la cual esta domiciliada en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara,