Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la notificación de la Fiscal Decimo Quinta del Ministerio Púbico y la publicación del edicto consignada a quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y autoridad de la Ley ACUERDA rectificar las ACTAS DE DEFUNCIONES Nro. 339 (de la madre) en el sentido de que se corrigan los siguientes nombres: "RAFFAELE SALVATORE, ANNAMARIA IACUTONE DE SALVATORE y SALOMONE DANIELE" y la Nro. 1.330 (del padre) en el sentido de que corrigan los siguientes nombres "SALOMONE DANIELE SALVATORE IACUTONE, ANNAMARIA IACUTONE DE SALVATORE y SALOMONE DANIELE", del ciudadano SALOMONE DANIELE SALVATORE IACUTONE, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad N° 9.541.187; asi mismo ACTA DE MATRIMONIO N° 627 en el sentido de que se corriga el nombre "IACUTONE ANNAMARIA"; y en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 4461, en el sentido de corregir el nombre como: "RAFFAELE SALVATORE CHIRICO" d.....