REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-003666
El ciudadano RAMON JOSE SANCHEZ PEREZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 3.446.976, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su madre como YOLANDA siendo lo correcto JUANA YOLANDA. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre correcto de la madre del solicitante como JUANA YOLANDA.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Autónomo Torres del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 1103, folio 7 vto. año 1955. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los doce dias del mes de Julio de dos mil cuatro. Años 194º y 145º.

LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC,
(fdo) (fdo)
ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. LORELY PINEDA M.
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-2134 Y 2135.
PCM/LPM/ij. LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO, 12 DE JULIO DE 2.004.-