este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros declara de conformidad con el Artículo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientemente para asegurar a los ciudadanos JOSE MARCIAL MENDOZA, JOSE ORNINO MENDOZA, MARIA YSABEL MENDOZA DE ANDUEZA, MILAGRO CONSUELO MENDOZA, ANGEL RAFAEL MENDOZA, AIDA COROMOTO MENDOZA, CARMEN TERESA MENDOZA, MERY YOLANDA MENDOZA, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA SERBULA MENDOZA MERLOS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.535.850, fallecida ab-intestato el día 31 de Julio de 1.987. Devuélvanse originales con sus resultas.