V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano NELSON GUILLERMO ROJO YANTORNO, Argentino, titular de la cedula de identidad N° E-81.300.693, asistido por el abogado Douglas Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 11.165, contra la ASOCIACION CIVIL CLUB TORRES, en la persona del ciudadano Rafael Herrera Oropeza, titular de la cedula de identidad N° 13.180.922, en su condición de presidente; por la presunta vulneración de lo establecido en el artículo 49 del Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 02 de febrero de 2017, el.....