DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Yarelys Diamary Serrano Castillo, en representación de sus hijas las niñas Omitido articulo 65 LOPNA, contra el ciudadano Alirio José Piña Campos, ya identificado. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad ciento ochenta mil bolívares (Bs 180.000,00) mensuales, a razón de noventa mil bolívares (Bs.90.000,00) quincenales, que viene a ser el 44,44 % del salario mínimo actual, el cual anualmente se incrementará automáticamente en ese porcentaje según lo establecido con el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cu.....