.//Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento Definitivo de la causa, por prescripción de la acción, que se sigue al otrora adolescente IDENTIDAD OMITIDA, supra identificado, por la presunta comisión del delito Lesiones, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, ocurrido el día 12-03-2002, en perjuicio del ciudadano HECTOR JESUS MARTINEZ. Notifíquese a la víctima y Fiscal del Ministerio Público.