Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena impuesta al penado: penado WILMER JOSE CHINCHILLA CAÑIZALEZ, identificado con cédula de identidad Nro. 22.320.531 mayor de 21 años de edad, hijo de Omaira Josefina Cánsales y Wilmer José Chinchilla González, nacido el 30 de Abril de 1989, residenciado en Urbanización Calicanto, sector 3 Los Chalet, Avda. 8 casa No. 38 en la población de Carora Estado Lara, quien fue condenado y cumplió pena de UN (1) AÑO y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con el artículo 80 del Código Penal.
Extinción que se decreta por haber cumplido e.....