DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal Venezolano, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA, por muerte del penado: YOER ANTONIO SILVA ARBUJAS C.I. Nro. 16.956.802 a consecuencia de lesiones cerebro vasculares, fractura de cráneo herida por arma de fuego, según certificación médica Nro. 1651931 suscrita por el Dr. A. Valdemar Balza Malave en el Barrio El Jebito vía la Quebrada de Sanare en el Tocuyo Estado Lara, quien se encontraba cumpliendo condena bajo confinamiento, a la orden de este tribunal.
Notifíquese de la decisión al Consejo Nacional Electoral, con sede en esta ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, señalando los datos identificativos de la copia del certificado de defu.....