Este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, imponiéndole el cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas por el término de un (1) año a la acusada MARIA ERNESTINA AMARO LOPEZ , a quien se le sigue proceso penal por la comisión del delito de homicidio culposo y lesiones graves culposas. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 37,38 y 39 ordinales 1º,2º,4º,6º y 10º del reformado Código Orgánico Procesal Penal en relación con el 553 del vigente Código Procesal.