DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA al acusado: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.583.724, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara el 23-07-1983, de 23 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Obrero, hijo de José Elías Martínez y Adriela Figueroa, residenciado en el Barrio Jacinto Lara, Carrera 8 entre 3 y 4, Casa N° 8-31, a dos cuadras de la Escuela, a sufrir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO MÁS LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.-.
SEGUNDO: Se deja constancia que la pena principal extingue provisionalmente .....