DISPOSITIVA:
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Condena a la ciudadana: MARÍA MORAIMA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.072.023, de estado civil soltera, fecha de nacimiento 27-11-77, de 27 años de edad, profesión u oficio trabaja en una Tasca llamada Gira Mundo, hija de David José Rodríguez y Agustina del Carmen Barrios, residenciada en: Barrio Pueblo Nuevo, calle 10 con carrera 03, casa S/N°, de esta ciudad, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, a cumplir una pena de un (01) año y ocho (08) meses de Prisión, por encontrarla culpable del delito antes señalado, dejándose constancia que para la aplicación del cómputo de la pena se tomó en consideración lo previsto en los artículos 74, 80 y 87 del Código Penal en concordancia.....