/Este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY le impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD prevista en el ordinal 1º del artículo 256 íbidem al ciudadano ANGELO RAFAEL LINAREZ PEREZ. CI: 12.594.281, de 34 años de edad, nacido en El Tocuyo en fecha 25-07-19873, de estado civil soltero, artesano, residenciado en Barrio El Cementerio, calle 2, casa Nº 04 de color rosado, cerca de la bodega Paito, El Tocuyo, teléfono: 04169536195, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, contenido en el Art. 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico y consumo ilícito de estupefacientes, por considerar que no están llenos los extremos en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda imponer una menos gravosa, la prevista en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 1°, detención domiciliaria. Se deja constancia de que el.....