/Este Tribunal de Control N° 8, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Admite Totalmente la Acusación, así como las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano DEIBYS JOEL TERÁN RAMOS, cédula de identidad N° V-16.387.770, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 30-07-1980, de 27 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Vendedor de Gomas para Carros, residenciado en el Barrio La Apostoleña, Sector 3, subiendo a la Terraza, Casa S/N es Rural, diagonal a la Guardería y a la Misión Barrio Adentro, Tlf. 0416-6589531 (Concubina)., a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILÍCITA EN PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 3er aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sust.....