declara el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano JOHAN JOSE CASTILLO SIRA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.698.899, residenciado en urbanización Juan Sánchez, casa 49 de color dorada, Barquisimeto Estado Lara, hijo de Ligia Sira y Oscar Castillo, nacido en feca 04 de abril de 1977, por los hechos que descritos en el capítulo primero, fueran investigados por la Representación Fiscal, y que quedaron descritos en el primer capítulo de la presente decisión, en la investigación de la presunta comisión del delito de aprovechamiento de vehículos provenientes del robo, previsto en el Artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de Julia Anaís Manríquez. Contra esta resolución procede el recurso de apelación.