DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente acción de amparo interpuesta por el Abg. Wilmer José Muñoz Bravo, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Gonzalo Jesús García Silvira, por cuanto el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 09 de este Circuito Judicial Penal, causo una presunta vulneración a los derechos y garantías constitucionales y legales, establecidos en los artículos 26, 27, 49 ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 1 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, tales como Derecho a la Defensa, a la Tutela Efectiva y al Debido Proceso, por cuanto la misma declaro sin lugar.....