Este Juzgado de Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana MIRNA SOLANLLE LUGO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-2.907.884, de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos SONIA DEL CARMEN LUGO GONZALEZ, AQUILES ADALBERTO LUGO GONZALEZ, NARCISO ANTONIO LUGO GONZALEZ, ALIDA DORAIDA LUGO DE PAROTTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-2.905.924, V-2.011.831, V-4.033.897 y V-3.654.525, respectivamente, así como también en nombre y representación de AGUSTIN JAVIER LUGO ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V-12.750.634, asistida por la Abogado YLENIA CASTILLO PERDOMO, Inpreabogado N° 92.116, por.....