Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO en recurso de apelación ejercido por el abogado Carlos A. Heredia, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 160.647, apoderado judicial de la ciudadana Betsi Coromoto Mendoza, plenamente identificada en autos, ccontra la sentencia de fecha 17 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, que declaró sin lugar la presente demanda de cobro de prestaciones sociales. En consecuencia, se confirma dicho fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo de este Juzgado.