Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte accionante contra la Sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, actuando en Sede Constitucional, en fecha 25 de enero de 2012.
SEGUNDO: Se ORDENA a la parte agraviante WISDOM, C.A., dar cumplimiento íntegro a la Providencia Administrativa Nº 00691, de fecha 05 de mayo de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo, sede "Pío Tamayo", restableciendo al querellante a su puesto de trabajo y pagando los salarios caídos hasta el cumplimiento efectivo del presente mandamiento.
TERCERO: SE REVOCA el fallo recurrido.
CUARTO: No hay condena en Costas, dada la.....