En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, resuelve: PRIMERO: Se ordena dejar en libertad inmediata al ciudadano DANIEL ANTONIO SANCHEZ, titular Cédula de Identidad Nº V.- 7.354.117,SEGUNDO: Se orden dejar sin efecto la Orden de Aprehensión que pesa en contra DANIEL ANTONIO SANCHEZ, titular Cédula de Identidad Nº V.- 7.354.117. TERCERO: Se ordena mantener la Medida Cautelar a la cual se encontraba sometido, es decir, contenida en el artículo 256 numeral 3 del COPP, consistente en presentación cada 30 días ante la taquilla de presentación de este Circuito. CUARTO: Se acuerda fijar audiencia preliminar para el día 14/05/2012 a las 09:30 a.m. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.