DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, y estando dentro de la oportunidad legal para decidir de conformidad a lo previsto en los artículos 118 de la Ley Orgánica del trabajo y 56 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos intentada por ciudadano NIXON ANTONIO ROAS GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.126.261, domiciliado en Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara. APODERADOS JUDICIALES: ABOGADAS MILENNA R. JIMENEZ SILVA y PAULA INMACULADA GARCIA JIMENEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 67.444 y 79.757, respectivamente, con domicilio Procesal en la Avenida 7 Esquina de la Calle 13 N° 52, Oficina J.F. Jiménez, Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra .....