Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Resolución del contrato preliminar, intentada por el ciudadano DAVID ALBERTO NAVA GARCIA, en contra del ciudadano EDGAR JOSÉ VALERO ARROYO, ambos identificados.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena al ciudadano EDGAR JOSÉ VALERO ARROYO, antes identificado, a la restitución del bien inmueble, objeto del contrato y al ciudadano DAVID ALBERTO NAVA GARCIA a la devolución de las sumas recibidas como parte del precio, es decir, la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES viejos, equivalentes a TRES MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 3.000.oo), dicha suma deberá devolverse al ciudadano EDGAR JOSÉ VALERO ARROYO, antes identificado, debidamente indexada, de acuerdo con .....