DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 40 del COPP en relación con el artículo 318.3 eiusdem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la acusada LUZ EVELIA ARRIECHE DE GOMEZ, CI 5.259.515, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el articulo 453.1 del Código Penal, en perjuicio de de la ciudadana CARMEN DILIA MONTILVA ROSALES, (VICTIMA), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6° del artículo 48, queda extinguida la acción penal. En consecuencia CESA la medida cautelar.
Notifíquese a las partes. Remítase oportunamente al archivo judicial.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Con.....