Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal en Función de Ejecución Nº 1 actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA AUTORIZAR AL DIRECTOR DEL INTERNADO JUDICIAL CARABOBO, TOCUYITO, para que realice el traslado del penado: IVAN ANTONIO CARRASCO, venezolano, de 35 años de edad, nació el día 12/05/73, titular de la cédula de identidad Nº 13.786.746, hijo de Douglas Antonio Pérez y Reina Pastora Carrasco, domiciliado en el Barrio El Coriano II, carrera 4, sector El Pozo, manzana 4, casa Nº 10, Barquisimeto, Estado Lara, al CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, (URIBANA), haciendo la Salvedad este Juzgador que se deberá realizar el Procedimiento Legal establecido en los artículos 1, 9,11 y 12 de la Ley de Régimen Penitenciario a través de la Coordinación de Traslados de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, con el objeto de poder conocer si están dadas las condiciones p.....