Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano: JULIO JIMENEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.607.908, contra la empleadora ING. ADRIANA CECILIA COUPUT ORELLANA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.175.087.
SEGUNDO: Se condena a la demandada ING. ADRIANA CECILIA COUPUT ORELLANA, ya identificada, a que pague al reclamante, JULIO JIMENEZ, ya antes identificado, la cantidad de CUATRO MIL SETECIENTOS DOCE BOLIVARES FUERTES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. F. 4.712,30), solo por los conceptos de: Antigüedad, Vacaciones Fraccionadas, Utilidades Fraccionadas y Bono d.....