Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por GRUPO 1 C, C.A., denominada originalmente PROMOTORA YURUBI, C.A, sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de San Felipe del Estado Yaracuy, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 14 de mayo de 1997, bajo el N° 48, Tomo 73-A, cambiada su denominación social por el de GRUPO 1C, C.A, según Acta de Asamblea inscrita el 22 de agosto de 1997, bajo el N° 1, Tomo 81-A por ante la misma Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en contra de la sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA.....