DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, que interpuso la Abg. Carmen Angélica Moreno Fiscal del Ministerio Público, para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en relación a la denuncia formulada por el ciudadano Guillermo Antonio Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.257.004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal por existir un obstáculo legal para el desarrollo del proceso en el presente caso y en consecuencia ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 ejusdem, en la oportunidad legal correspondiente, haciendo mención del No. de asunto de Fiscalía L30-11289.