DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara: CON LUGAR la demanda que por Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MIGDALIA DEL CARMEN MENDOZA BONILLA, en contra del ciudadano JOSE MERALDINO CASTILLO, suficientemente identificados en Autos, en consecuencia se fija por concepto de manutención la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000) del salario devengado por el accionado, los cuales deberá otorgar en cuotas quincenales.
Los gastos ropa, calzado, medicinas, consultas médicas, recreación, cultura y deporte, útiles y uniformes escolares, deberán se cubiertos por ambos progenitores en igualdad de proporción, vale decir, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de los.....