En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal de los imputados: Wilkender Daniel Ordaz Pérez, venezolano, mayor de edad, INDOCUMENTADO,Rómulo Alejandro Parra Flores, venezolano, mayor de edad, no porta cédula pero manifiesta ser titular de la cédula 17.625.362, Eduard Rafael Castillo Colmenárez, venezolano, mayor de edad, no porta cédula pero manifiesta ser titular de la cédula 20.471.762, Freyder Alejandro Alvarez, venezolano, mayor de edad, no porta cédula pero manifiesta ser titular de la cédula 22.188.469 y Ivan Gustavo Vargas Escalona, venezolano, m.....