DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE intentada por la ciudadana: MARCIA OCTTA AGÜERO BARRIOS, a través de su Apoderado Judicial, Abg. MARIO MACKENZIE MELENDEZ RODRIGUEZ, contra el ciudadano RAFAEL ANTONIO ESTAI, todos identificados en autos. En consecuencia, se condena al demandado a desalojar y consecuentemente a entregar a la parte actora, debidamente desocupado de bienes y personas, el inmueble ubicado en la población de Bobare, Barrio La democracia, calle 10, Nro. 86, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, edificada las bienhechurías sobre un terreno municipal, cuyos linderos son: Norte: En línea de 29,90 metros con German Giménez; Sur: En línea de 28,90 metros con terrenos ocupados por Aida Agü.....