Vista la Transacción Judicial celebrada en fecha 12 de Mayo del año 2009, entre la parte demandante ciudadano DENNYS PIÑA, anteriormente identificado, asistido por la Abogado DALIA RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.379, y la parte demandada ciudadano ANTONIO ALVARADO, antes identificado, asistido por el Abogado LUIS CHIRINOS CAMPOS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.405; este Tribunal, conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese. Remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional, hasta tanto no se cumpla con todo lo expuesto.
Regístrese y Publíquese
Dada, sellada y firma.....