este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de la ciudadana LlGIA PETRONILA CORDERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.366.364, domiciliada en Villa Bruzual, Municipio Autónomo Turen, Estado Portuguesa, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre: "MARIA PRESENTACIÓN CORDERO".- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia San Miguel, del Municipio Urdaneta del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 68, folio 17vto, del año 1930. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Quince (15) días del mes de Enero de dos mil Ocho. Años. 197º y 148º.-
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R. Pare.....