DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO intentada por la ciudadana: DIGNA GRACIA PEROZA, titular de la cedula de identidad Nº 7.411.567, contra el ciudadano: GERONIMO ANTONIO MUJICA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.195.182, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia. se declara reconocido el siguiente documento: "Yo, GERONIMO ANTONIO MUJICA PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.195.182 y de domicilio, por medio del presente documento declaró: Cedo todos y cada uno de los derechos que me pertenecen, a DIGNA GRACIA PEROZA, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nº V- 7.411.567, sobre unas bienhechurías fomentadas sobre una parcela de terreno eji.....