En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la acción que por RENDICION DE CUENTAS ha intentado el ciudadano WILLIANS JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-18.059.769 y de este domicilio, contra el ciudadano FERNANDO PIRES, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-7.371.905 y de este domicilio.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Doce (12) de Mayo del Año Dos Mil Veintidós (2022).Años 211° de la Independencia y 163° de la Federación. Sentencia N° 08. Asiento N°09.
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