En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA, suscrita por el abogado ZALG SALVADOR ABI HASSAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.585, apoderado judicial de la ciudadana ZORAIDA PASTORA FARNATARO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula d identidad N° 5.246.048, contra la ciudadana BLANCA ESTHER PEREZ OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 7.342.054.-
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión y Notifíquese de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, remítase .....