Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por los ciudadanos ELEAZAR JOSÉ GONZÁLEZ BRICEÑO, LUIS GONZÁLEZ MILLIANI, CESAR MATHEUS BRICEÑO, LUIS RIVERO VITORIA, JOSÉ TORRES JEREZ Y ALFREDO ESPINOZA AGUAIDA, antes identificados, en contra del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO TRUJILLO.
SEGUNDO: Se declara Nula de Nulidad Absoluta la decisión por vía de hecho del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO TRUJILLO la cual ordenó la suspensión del pago de las pensiones a las que tienen derecho los querellantes ELEAZAR JOSÉ GONZÁLEZ BRICEÑO, LUIS GONZÁLEZ MILLIANI, CESAR MATHEUS BRICEÑO, LUIS RIVERO VITORIA, JOSÉ TORRES JEREZ Y ALFREDO ESPINOZA AGUAIDA, y en consecuencia se le ordena a la parte querellada la resti.....