Se dicta decisión en la cual este Tribunal Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 Ordinal 3ero, 4to y 6to, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Richard José Navas, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad N° 137.104.823, de 21 años, hijo de María Antonia Navas y Rómulo Meléndez, domiciliado en Barrio Lomas de León, calle los Chaguaramos, casa N° 280, a una cuadra de la iglesia evangélica, de Barquisimeto, Estado Lara. Y así se decide.