Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 334, 49 ordinal 3° y 26 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ORDENA la prescindencia de los Jueces Escabinos a los efectos del Juzgamiento del Procesado ANTONIO JOSE SSAANCHEZ BRICEÑO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.004.970, garantizándose la vigencia de una justicia expedita, sin dilaciones indebidas que permita a las partes ser oídos dentro de un plazo razonable.
Se fija Juicio Oral y Público en la presente causa para el día 25 de Enero de 2.006 a las 9:00 am, ordenándose librar a las partes las correspondientes convocatorias para la asistencia al acto del debate oral fijado. Se ordena notificar a las partes del contenido de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.-
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