DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado José Martínez, inscrito en el I.P.S.A. bajo matrícula Nro. 127.570, en su condición de apoderado judicial de la accionada DIOSKAIZA FALCÓN MÁRQUEZ, identificada en autos, contra la sentencia interlocutoria con carácter definitivo de fecha tres (03) de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial; revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara INADMISIBLE la tacha incidental de documento público interpuesta el once (11) de octubre del 2021, por la abogada Yris Medina González, inscrita en el I.P......