SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, sólo a los efectos de legitimar su detención, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente causa seguida al imputado ALEXIS GOMEZ BERRIO, venezolano (Naturalizado), titular de la cédula de identidad Nº 22.648.903, natural de San Onofre, Departamento Sucre de la República de Colombia, nacido en fecha 09-02-1978, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil labora en la Constructora Vidalsa como Ayudante, residenciado en la carretera Petare-Santa Lucia, kilómetro 18, calle principal, sector Vuelta el Águila, casa Nº 33, Filas de Mariche, Estado Miranda. Teléfono: 0416-9188471; 0426-8054117, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley Contra el Contrabando. SEGUNDO: SE DECLARA C.....