este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda: Primero: Hacer la entrega al ciudadano MANUEL EUCLIDES ESCALONA GALLARDO, titular de la Cédula de Identidad No V-9.540.884, del VEHÍCULO MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-10, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, USO: CARGA, PLACAS: 334-MBC, SERIAL DE CARROCERÍA: CCD14BV207376, SERIAL DEL MOTOR: CBV207376, en CALIDAD DE DEPÓSITO, con la advertencia que no puede realizar ningún acto de disposición ni de comercio con el vehículo, por lo que debe ser puesto a la orden de la Fiscalía o del Tribunal al momento que estos lo requieran. Segundo: Oficiar al ESTACIONAMIENTO JUDICIAL COUNTRY C.A, Sector Los Rastrojos, Municipio Palavecino Av. Intercomunal, Barquisimeto-Cabudare, informando que .....