/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 493 Ejusdem., OTORGA el Beneficio de prelibertad de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado PEREZ ANDRES ELOY, de nacionalidad venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 16/06/1956, de 56 años de edad, de estado civil: Casado, de profesión u oficio: T.S.U. Aduanero/Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 5.246.165, hijo Daniel Carias y María Eustocia Pérez, domiciliado en la carrera 16 entre 49 y 50, Edificio Jira Jara, Apartamento Nº 3, piso 2, Barquisimeto, Estado Lara, por un lapso de UN (01) AÑO el cual comenzara a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penit.....