Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SE LE OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado: MARIO ORANGEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.466.915, condenado a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el del articulo 460 DEL Código Penal.
Regístrese y publíquese la presente decisión, líbrese boleta de libertad. Ofíciese al Internado Judicial de Yaracuy y al Centro de Pernocta Antiguo Internado Judicial de Barquisimeto. Notifíquese al penado, a la defensa y a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, Cúmplase.